ESTATUTOS BODEGA PEÑA FLAMENCA “PIÑANA”

 

1.      La bodega “Las Caballerizas” o “Del Palacio” ha sido cedida por el Ayuntamiento a la Peña Flamenca “Piñana” para uso de sus fines  “en precario, es decir, sin pagar rentas ni merced alguna, y por mera liberalidad , como un bien patrimonial”,.

 2.      Que esta Asociación se compromete a mantener en perfectas condiciones el local referido. 

3.      La dirección de la bodega y de su mantenimiento, es competencia de la junta directiva (presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y encargado bodega); y ella misma está también encargada de distribuir las actividades encaminadas a los fines mencionados 

4.      Como norma general se prioriza la música y cantos en directo sobre la envasada en tocadiscos etc. 

5.      Se tendrá especial cuidado en entradas y salidas nocturnas a la bodega, para no molestar al vecindario. 

6.      Ningún socio puede impedir la entrada a la bodega a cualquier invitado de otro socio, salvo que así lo haya establecido expresamente la junta general o haya un comportamiento indeseable. 

7.      Los socios son los responsables de la conducta de sus invitados en la bodega. 

8.      La Peña puede prohibir la entrada y la invitación a la bodega, a cualquier persona sea socio o no en base a su mala conducta, o por hacer daños en la bodega. 

9.      La decoración de la bodega es competencia de la junta general  y de la junta directiva, por lo tanto nadie puede cambiar la estructura y decoración de la bodega a su capricho (no debiendo incorporar elementos ajenos a la tradición de la bodega y al flamenco). 

10.  No se dejará la llave de la bodega a personas que no sean socios (independientemente del grado de amistad, parentesco, etc.), teniendo que estar presente un socio siempre en la bodega en las visitas o cualquier uso que se haga de ella.. 

11.  En las visitas a la bodega se responsabilizará el socio de que los acompañantes sean respetuosos con ella y se será muy escrupuloso en que ésta quede tan limpia o más que cuando se llegue. 

12.  Los desperfectos o pérdidas causadas en los bienes de la peña, sin justificación lógica, serán de cuenta de socio o socios causantes (aunque hayan sido ocasionados por invitados responsabilizándose también en este caso el socio de ello). Se estudiará el castigo y/o sanción económica en cada caso. 

13.  Cuando se pretenda realizar alguna merienda, encuentro, celebración, etc., por algún socio, este colgará en la corchera de la entrada una nota con su nombre apellidos y teléfono, indicando fecha, hora y número aproximado de personas asistentes, así como nave que pretende utilizar. Tendrán predilección siempre los actos organizados por la Peña sobre los de los socios. En los demás casos primarán los de socios que lo haya solicitado antes, pudiéndose ponerse de acuerdo cuando haya coincidencias.. 

14.  El no estar al corriente del pago de las cuotas, será motivo suficiente para la expulsión inmediata y definitiva como socio 

15.  De todos los asuntos no reflejados en los estatutos, se encargará la junta directiva y una vez estudiados resolverá al respecto.  

   Para conseguir las llaves de la bodega, consultar.

 

 

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